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Preguntas frecuentes


Fallecimiento

Por qué al contratar personal doméstico adquieres una gran responsabilidad. Los accidentes de trabajo pueden ser costosos y tener consecuencias graves.

Invalidez total y permanente

Esta diseñado para cubrir al personal domestico que labora en los servicios de aseo, cocina, jardín o choferes en en caso de accidente.

Incapacidad temporal

En solo 3 pasos: Ingresas tus datos, Ingresa los datos de la persona a proteger, paga en línea y ¡listo! en 24 horas esta activa la protección.

Gastos por atención médica

Llama al Centro de Atención Telefónica 01 55 4195 6675 con tu nombre o nombre de tu empleado y te indicamos los pasos a seguir.

FALLECIMIENTO

Personas que cuentan con empleados domesticos, consientes de que un accidente puede afectar su economia y la de sus empleados.

 

  • Definición de fallecimiento para efectos de este servicio

Fallecimiento es la muerte por cualquier causa de la persona protegida es decir por causas naturales (enfermedad), accidente u homicidio (en este caso se requerirá la documentación del Ministerio público y el dictamen del SEMEFO). No aplica suicidio.

  • ¿En caso de fallecimiento a quien se le paga?

En caso del fallecimiento de la persona protegida se cubren los gastos del funerario de la red (cobertura en toda la república) haciendo el pago directo al proveedor del servicio. En caso de requerir algo adicional el costo corre a cargo de los familiares del fallecido.

  • ¿Cubre cremación o entierro?

No, el costo de cremación no se incluye deberán pagarlo los familiares del fallecido. Si se va a enterrar si cubre el ataúd y traslado al cementerio. No cubre el costo del lugar del cementerio o el nicho para las cenizas.

  • ¿Qué documentos necesito para comprobar el fallecimiento?

El Constancia de Protección de defunción, mismo que uno de nuestros asesores a través del centro de atención telefónica le asesorara de cómo obtenerlo.

  • Si la persona que trabaja en mi hogar fallece, pero es de otra ciudad ¿cubre el traslado a su lugar de origen?

Si. Se cubre el traslado del lugar de fallecimiento a la ciudad donde es vaya a velar el fallecido siempre y cuando este dentro del territorio mexicano.

  • En caso de muerte a causa de un accidente en mi hogar ¿me cubre algún tipo de responsabilidad legal?

No

 

INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE


  • ¿Qué se considera invalidez total y permanente?

Cuando a consecuencia de un accidente se da  la pérdida en ambos miembros superiores de cualquier segmento superior a la articulación de la muñeca (carpo con radio y cubito), o la pérdida en ambos miembros inferiores de cualquier segmento por arriba de la articulación del tobillo (tarso con tibia y peroné) , la pérdida total de la visión en ambos ojos, o la pérdida unilateral de segmentos de miembro superior e inferior, con los límites ya descritos , o la pérdida de la visión de un ojo y la de un segmento de miembro superior o inferior con los límites  previamente descritos

  • En caso de que la persona que trabaja conmigo a causa de un accidente quede con invalidez ¿me cubre algún tipo de responsabilidad legal de tipo laboral?

No

 

 

INCAPACIDAD TEMPORAL
  • ¿Qué se considera invalidez incapacidad temporal?

Cuando a consecuencia de un accidente se produzca una fractura completa (no se cubren fracturas en rama verde o fracturas parciales) en los huesos largos (húmero, radio, cubito, fémur, tibia, y peroné) o fractura de vértebras, cráneo y clavícula. En todos casos se debe acompañar a la solicitud de pago los estudios de imagen que sustenten el diagnóstico.

  • En caso de que la persona que trabaja conmigo a causa de un accidente quede con incapacidad temporal ¿me cubre algún tipo de responsabilidad legal de tipo laboral?

No

  • En caso de sufrir un accidente en el traslado hacia o desde mi hogar de la persona que trabaja conmigo y este le ocasiona invalidez Incapacidad temporal, ¿la cubre?

Si

  • ¿Qué no cubre?

No cubre incapacidad por maternidad

 

GASTOS POR ATENCIÓN MÉDICA
  • Definición de Gastos por atención médica

Gastos por atención médica es la atención médica que se requiere en caso de sufrir un accidente en el lugar de trabajo y / o en el traslado al mismo. El pago se hará directamente al proveedor del servicio médico (médicos, clínicas u hospitales) de la red de proveedoras y siempre deberá de coordinarse esta atención a través del centro de atención telefónica.

  • ¿Cubre enfermedades?

No. tampoco maternidad.

  • ¿Qué no cubre?

Enfermedad corporal o mental
Infecciones (excepto las que acontezcan como resultado de una lesión accidental)
Tratamiento médico o quirúrgico a consecuencia de un accidente cuando éste no sea necesario
Lesiones que el Aliad@ sufra en riña y actos delictuosos en que participe directamente el Aliad@ por culpa grave del mismo,
Homicidio intencional
Suicidio o cualquier intento del mismo o mutilación voluntaria aun cuando se cometa en estado de enajenación mental
Hernias y eventraciones
Envenenamientos de cualquier origen o naturaleza
Abortos, cualquiera que sea su causa

  • ¿Dónde están sus hospitales?

En toda la república mexicana se cuenta con una red de médicos y clínicas u hospitales.

 

¿Se puede solicitar reembolso?

No, el pago es directo a los prestadores de servicio de atención médica. Siempre deberán de ser a través de la red y coordinado a través del centro de atención telefónica.

  • ¿Cubre pagos de consultas subsecuentes?

No, a menos que

  • ¿Cubre en caso de intoxicaciones por gas?

Solo si requiere hospitalización

  • ¿Cubre intoxicaciones por alimentos?

No

    ¿Cubre en caso de quemaduras?


    Sí, siempre y cuando estas excedan el 9% del cuerpo

     

    OTROS

     

    ¿A cuántas personas incluye?

    Incluye a una persona. Si más de una persona trabaja en tu hogar puedes adquirir un paquete por cada una de ellas.


    En caso que la persona a la que se está cubriendo deje de trabajar en mi hogar ¿puedo utilizarlo para otra persona?


    Si, puede haber un cambio por año, avisando vía correo electrónico: contacto@chimali.mx


    Si es menor de edad la persona que trabaja en mi hogar ¿esta protegida?


    Si


Al contratar personal doméstico adquieres una gran responsabilidad, ¡PROTÉGELOS!

Nosotros

Somos mutualidad que surge con la razón de ser de proteger a sus miembros en caso de eventos fortuitos que afecten la integridad física o de sus bienes a través de planes de protección especializados según actividad u oficio.

Cda. Miguel Noreña #27 – 1er. piso Col. San José Insurgentes

C.P. 03900, Del. Benito Juárez Cd. De México

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